30 junio 2007

Carta del señor General Núñez a Viera



El señor General don Hernán Núñez es uno de los pocos chilenos que, desde hace tiempo, no se ha quedado callado ante la desfachatez con que otros se refieren a los miembros de las Fuerzas Armadas. Reproduzco su última carta pública. Y tú ¿qué estás haciendo para cambiar la situación actual?




Santiago, 13 de JUNIO DE 2007.

SR.
JOSE ANTONIO VIERA GALLO
MINISTRO SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
PRESENTE


A raíz de la admirable actitud del General Eduardo Iturriaga N. por no aceptar “una arbitraria, sesgada y antijurídica condena” como él afirma, UD. le hace el más grave cargo que se le puede hacer a un militar, injuriándolo y calificándolo como “falto de honor”. Y quien lo vio por TV, es notorio que UD. lanza el concepto sin pensarlo y como un recurso ante la pregunta sorpresiva del periodista. Con absoluta ignorancia.

Increíble. Qué quiere que le diga.

¿Se puede hablar de honor cuando se utiliza una trampa y burla jurídica para condenar militares, mintiendo abiertamente al país?

¿Por que no habla de honor a sus camaradas democratacristianos de la Concertación que apoyaron al Gobierno Militar - incluso hay testimonios grabados de un ex Presidente de la República - y que por su falta de poder y a riesgo de desaparecer, decidieron cambiarse de chaqueta, que por lo demás, siempre ha sido norma de conducta permanente?

¿Por que no les habla de honor a todos aquellos que saltaron las rejas de las embajadas el año 1973, dejando abandonados a su suerte a todos aquellos que confiaron en sus valientes líderes y que fueron en definitiva los que tuvieron que poner la cara por la cobardía de sus dirigentes.? ¿UD. mismo no se asiló?

¿Puede hablar UD. de honor, como representante del Gobierno, cuando un país vecino se permite suspender un programa de televisión con la sola intervención de un embajador ante nuestro Ministro de Relaciones Exteriores y cuando a pesar de “arrastrar interminablemente el poncho” ante Perú, le queman hasta las coronas en Tacna?

¿Puede hablar de honor UD., que ha sido testigo cómo algunos de sus correligionarios han desfilado por los tribunales acusados de irregularidades e inexplicablemente han salido libres de polvo y paja, riéndose del país?

En fin ¿Puede UD. hablar de honor, que fue protagonista y responsable de uno de los gobiernos más nefastos de la Historia de Chile causando heridas que duran hasta hoy, y que jamás se han sentado en banquillo alguno a responder por sus actos?

¿Sabe UD. de que huye el Gral. Iturriaga?

De la maldad, de la venganza, de la ponzoña con que se ha actuado en su contra, de la persecución inmisericorde, de la humillación, de la ruina en que lo tienen, de la ineficiencia de las instituciones que algún “gurú” dice que funcionan. El Gral. Iturriaga huye de los incapaces que nada hacen por hacer de este país un país reconciliado, porque no les conviene.

Si no, se les viene abajo el andamiaje que los sostiene política y económicamente.

Entonces Sr. Ministro, ¿UD. viene a hablar de honor militar que ni remotamente conoce?

Es terrible Ministro, nada hay en el mundo tan común como la ignorancia y los charlatanes, sobretodo cuando se tiene el poder sobre los medios de comunicación.




Fdo. HERNAN NUÑEZ MANRIQUEZ
Brigadier General

29 junio 2007

Mi General Eduardo Iturriaga Neumann


Esta es la declaración pública de mi General Iturriaga mediante la cual informa que no acepta más, y que abiertamente se rebela ante una condena arbitraria, sesgada, inconstitucional y antijurídica. Te recomiendo leerla para que sepas como se hace justicia en Chile.



DECLARACION PÚBLICA DEL GENERAL DE EJÉRCITO
EDUARDO ITURRIAGA NEUMANN


¿LA JUSTICIA CHILENA PUEDE CONDENAR A ALGUIEN POR UN DELITO QUE NO HA COMETIDO?

Yo, General de División Eduardo Iturriaga Neumann he sido condenado por la Sala Penal de la Corte Suprema por el delito de secuestro calificado... delito que no he cometido.

El supuesto secuestro del mirista Luis Dagoberto San Martin Vergara habría ocurrido hace 32 años , cuando yo era Mayor de Ejército en servicio activo, recién ascendido del grado de Capitán y luego de graduarme como Oficial de Estado Mayor en la Academia de Guerra, y por mi grado, obviamente, no era de la cúpula de la Dirección de Inteligencia Nacional.

Se me ha condenado por el delito de secuestro, delito no acreditado en el proceso. Pedí concretamente al Ministro Alejandro Solís, que sentenció en primera instancia, que investigara el secuestro, no lo hizo.
Si el ministro me procesó por secuestro, el debió demostrar que el mirista Luis Dagoberto San Martin Vergara, esta vivo y secuestrado por mí. El tiene el peso de la prueba, no era yo el que debía demostrar mi inocencia. El debía demostrar el delito que me imputa, no lo hizo.

Lo he dicho antes y lo reitero ahora: nunca conocí ni vi a Luis Dagoberto San Martin Vergara, nunca lo detuve, ni ordené detenerlo, nunca lo secuestré, ni ordené secuestrarlo. Invito a revisar el expediente del proceso para ver si se encuentra alguna prueba de que Eduardo Iturriaga Neumann, ordenara alguna de las acciones detalladas.

Fui sometido a un indebido proceso, al igual que aproximadamente 500 integrantes de las FF.AA. y de Orden, de los cuales ya hay varios condenado por la misma razón, ante la mirada complaciente del gobierno e instituciones que no funcionan para defender los derechos que tenemos y que justamente reclamamos.

Muchos jueces y ministros del Poder Judicial chileno han trasgredido abierta y vergonzosamente la Constitución y las leyes de mi patria.
Y esta no es solo mi opinión; lo dicen distinguidos y reconocidos constitucionalistas y juristas de nuestro país.

Abiertamente me rebelo ante esta arbitraria, sesgada, inconstitucional y antijurídica condena.

¡ NO LA ACEPTO !

Ya he aceptado muchas cosas: he sido prontuariado en varios oportunidades, soportado detenciones, interminables declaraciones, careos con falsos testigos, humillaciones, doble estándar, parcialidad, exámenes psicológicos, sufrimientos de mi familia y mis amigos, pérdida de trabajo, caos financiero personal, persecución política judicializada, etc.

¿DEBEMOS SEGUIR ACEPTANDO ESTO?

¡YO NO! ¡YA NO MÁS!


Aclaro lo anterior:

1.- El Ministro Solís, al igual que otros jueces y ministros, interpreta torcidamente la ley con el objeto de procesar y condenar por secuestro, como si los integrantes de las FF.AA. y de Orden fueran particulares.

La doctrina y jurisprudencia son unánimes en considerar que los miembros de las instituciones militares chilenas tienen el carácter de empleados públicos. Un ejemplo del doble estándar existente cuando se trata de integrantes de las FF.AA. y de Orden, esta dado por la actuación del abogado querellante en varias causas, Nelson Caucoto, quien en sus querellas dice que somos particulares, para tipificar el delito de secuestro, y luego, con el objeto de cobrar jugosas indemnizaciones, estipula que “todos los individualizados en el auto acusatorio, todos agentes del estado, o sea empleados públicos....”

2.-Los ministros de la Corte de Apelaciones Juan González y Alejandro Madrid, ratifican lo establecido por la condena de primera instancia, en contra de lo que establece en su informe el fiscal de esa corte don Benjamín Vergara y del voto de minoría , ministro señor Muñoz Pardo, quienes citando declaraciones existentes en el expediente, manifiestan que ... “la mayor presunción es de que el mirista San Martin Vergara, haya fallecido, y que el secuestro permanente al que alude la sentencia carece de asidero, tanto respecto a lo en los autos acreditado, cuanto lo que de la lógica y sentido común se puede desprender...”.

4.-Algunos ministros y jueces, con toda mala intención, interpretan torcidamente además, los Convenios y los Tratados Internacionales, con el objeto de dictaminar que los supuestos delitos son imprescriptibles e inamnistiables.

Así, establecen que los Convenios de Ginebra impiden aplicar prescripción y amnistía, cuando el protocolo II, de estos Convenios, artículo 6 n° 5, concretamente establece... “A la cesación de las hostilidades, las autoridades en el poder, procuraran conceder la amnistía más amplia posible a las personas que hayan tomado parte en el conflicto....”

También aplican Tratados o Convenios internacionales no ratificados por mi país, como los relacionados con, los crímenes de guerra y de lesa humanidad, no existentes ni tipificados en nuestra Constitución y en nuestras leyes.

Por lo anterior y otras razones legales invocadas, interpuse una Querella de Capítulos, por el delito de prevaricación en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago Juan González Zúñiga y Alejandro Madrid Crohare, porque ... “A sabiendas fallaron contra ley expresa...”, y por ... “Negligencia o ignorancia inexcusable...”, según señala el Código Penal. Lo anterior, hasta el momento sin resultados.

5.-El Ministro Rubén Ballesteros integrante de la Sala Penal que me ha condenado, en su voto disidente y que me favorece, al final de su detallada y jurídica exposición establece: …….no se puede aceptar “el quebrantamiento de los principios que informan y reglan la aplicación del Derecho Penal, entre ellos el de reserva o legalidad que garantiza que solamente la ley puede crear figuras delictivas y determinar sus penas, que lo hechos imputados solo pueden sancionarse como determinados delitos siempre que hayan sido establecidos con anterioridad a la época en que ocurren y que la ley penal al configurar y establecer delitos y penas, debe reherirse a los hechos que lo constituyen. Fluyen de estas reglas los principios de legalidad, irretroactividad y de tipicidad.
Esta reflexión se formula por este disidente, en vista que pareciera que lo perseguido en materias como las que motivaron la presente causa, es que debe imponerse sanción a toda costa, y que quienes quebrantan la ley penal pueden verse expuestos a ser sancionados mediante estatutos diferentes, unos en una forma y otros con normas diversas, con grave quebrantamiento del principio de igualdad que informa tanto el derecho nacional como el internacional.

6.-Ya hace casi dos años, que con la ayuda de expertos en materias constitucionales y penales, preparé una carpeta que titulé “TRANSGRESIONES A LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES COMETIDAS EN LOS PROCESOS A LOS INTEGRANTES DE LA FF.AA. Y DE ORDEN”

Esta carpeta ha sido presentada y explicada entre otros a: la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, personalmente al Presidente del Senado y a la Cámara de Diputados.
Todo lo anterior sin resultados.

6.-En junio del año 2006 presenté un Recurso de Inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional, debido a que este tribunal tiene la atribución de...“Resolver la inaplicabilidad de un precepto legal, cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución”.
Dicho Tribunal declaró inadmisible mi requerimiento.

¡¡ HACE AÑOS QUE NO SE ACEPTAN MIS JUSTAS APELACIONES, ESCRITOS, REQUERIMIENTOS Y PRESENTACIONES!!

¡¡HACE AÑOS QUE ACEPTO INJUSTICIAS DE LA JUSTICIA!!

¡¡¡¡¡¡¡ YA NO MÁS !!!!!!!